Exención de la FCT por experiencia laboral: cómo funciona y requisitos

Cómo pedir la exención de la FCT por experiencia laboral: cuánta experiencia acreditar, qué documentación aportar, quién la resuelve y qué módulos afecta.

fpformacion profesionalfctexencionpracticasexperiencia laboralorientacionEquipo Trébol IA6 min de lectura

La FCT (Formación en Centros de Trabajo) es obligatoria para obtener el título de FP, pero no siempre hay que cursarla entera. Si trabajas o has trabajado en algo relacionado con tu ciclo formativo, puedes pedir la exención total o parcial de las prácticas y que esa experiencia laboral cuente como formación.

En esta guía te contamos cuánta experiencia necesitas acreditar, qué documentación tienes que aportar, cómo se tramita la solicitud y quién la resuelve. Si todavía no tienes claro qué es la FCT, empieza por la guía de la FCT y las prácticas de FP, y si te interesa la opción con contrato, mira cómo funciona la FP Dual.

Qué es la exención de la FCT por experiencia laboral

La exención es la vía para que la experiencia laboral que ya tienes sustituya, total o parcialmente, el periodo de prácticas. En lugar de repetir en una empresa lo que ya has hecho en el mundo real, el centro reconoce esa experiencia y te exime de cursar una parte o la totalidad de la formación en empresa.

Conviven dos sistemas de FP y conviene distinguirlos:

  • En el sistema anterior, la FCT es un módulo profesional con entidad propia. Su exención se regula en el Real Decreto 1147/2011 (artículos 39 y 40) y en la normativa de cada comunidad autónoma.
  • En el sistema nuevo (Ley 3/2022), la FCT se transforma en la fase de formación en empresa u organismo equiparado, integrada en el currículo. La exención tiene criterios propios según el grado de la oferta.

En ambos casos el principio es el mismo: acreditas experiencia laboral relacionada con la formación que cursas y pides que te la reconozcan.

Cuánta experiencia necesitas acreditar

La cantidad de experiencia depende del tipo de oferta:

  • Grados C (certificados profesionales) y E (cursos de especialización): seis meses a tiempo completo, o su equivalente.
  • Grados D (ciclos formativos de grado básico, medio y superior): un año a tiempo completo, o su equivalente.

Para la exención del módulo de FCT del sistema anterior, el requisito es una experiencia laboral mínima de un año a jornada completa, relacionada con el ciclo formativo en el que estás matriculado. Esa experiencia debe garantizar que has alcanzado los resultados de aprendizaje del módulo de FCT que recoge el real decreto de tu título.

Tres apuntes para no equivocarte:

  1. La experiencia tiene que estar relacionada con la formación cursada: misma familia profesional o un puesto que trabaje las competencias del ciclo.
  2. En el sistema nuevo puedes aportar la experiencia laboral de los cinco años anteriores. No vale cualquier empleo lejano en el tiempo ni desconectado de lo que estudias.
  3. En el sistema nuevo, la exención del periodo de formación en empresa solo se aplica en el régimen general. Si cursas en régimen intensivo, con contrato de formación y retribución, no se aplica.

Cómo se solicita, paso a paso

El procedimiento es prácticamente el mismo en los dos sistemas:

  1. Tramita la solicitud en la secretaría del centro de FP donde estás matriculado.
  2. Dirige la solicitud a la dirección del centro antes de la fecha de inicio del periodo de formación en empresa (o de la FCT).
  3. Atiende a los plazos que fije la administración educativa de tu comunidad autónoma.
  4. Recopila la documentación y entrégala en secretaría.

En el sistema nuevo, la solicitud de los grados D se presenta en el centro de FP. Para los grados C (y, en su caso, A y B) se presenta ante la administración competente.

Qué documentación tienes que aportar

La documentación depende de tu situación laboral:

  • Asalariados: certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social (vida laboral) donde consten la empresa, la categoría laboral y el periodo de contratación, más el contrato de trabajo o una certificación de la empresa con la duración, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo.
  • Autónomos o por cuenta propia: certificación de la Seguridad Social de los periodos de alta en el régimen especial correspondiente, más una descripción de la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que la has realizado.
  • Becarios: certificación de la persona responsable de la organización donde prestaste la asistencia, con las actividades y funciones realizadas, el año y el número total de horas.
  • Voluntarios: certificación de la entidad de voluntariado con las tareas realizadas, la duración y el lugar donde se llevó a cabo la actividad.

Quién la resuelve y qué implica

En los grados D, la dirección del centro de FP, una vez oído el equipo docente, resuelve la solicitud de exención total o parcial y te lo comunica por escrito. En el módulo de FCT del sistema anterior, es el director o directora del centro quien resuelve a la vista del informe valorativo del equipo docente del ciclo.

La exención queda recogida en los documentos de evaluación y no afecta a las calificaciones de los módulos profesionales: el equipo docente sigue siendo el responsable de evaluar y calificar a cada persona. Si la exención es parcial, la resolución indica las actividades que sí debes realizar; si es total, no tendrás que hacer el periodo de prácticas.

Exención, convalidación y FP Dual: no son lo mismo

Es fácil confundir los tres conceptos:

  • La exención sustituye las prácticas (FCT o formación en empresa) por experiencia laboral ya acreditada.
  • La convalidación reconoce módulos o competencias cursados o acreditados previamente. Lo explicamos en convalidaciones en FP.
  • La FP Dual es otra forma de organizar la formación en empresa, integrada a lo largo del ciclo y, en régimen intensivo, con contrato. La tienes en FP Dual: qué es y cómo funciona.

Si estudias a distancia o quieres el título sin cursar, los caminos también son distintos: mira FP a distancia y online y las pruebas libres de FP.

Preguntas frecuentes

¿Cuánta experiencia laboral necesito para la exención?

Depende de la oferta. Para el módulo de FCT del sistema anterior y para los grados D del sistema nuevo: un año a tiempo completo (o su equivalente). Para los grados C y E: seis meses a tiempo completo. Siempre debe estar relacionada con el ciclo formativo.

¿La exención puede ser parcial?

Sí. Puede ser total o parcial. Si es parcial, la resolución escrita indica las actividades que sí tendrás que realizar; el equipo docente evalúa y califica igualmente.

¿Quién resuelve la solicitud?

En los grados D y en el módulo de FCT, la dirección del centro de FP, a la vista del informe del equipo docente. Para los grados C (y en su caso A y B), la administración competente. La resolución se comunica por escrito.

¿Se cobra algo o cambia la nota?

No. La exención no tiene carácter retributivo ni altera las calificaciones de los módulos: solo sustituye el periodo de prácticas por tu experiencia acreditada. La evaluación sigue en manos del equipo docente.


¿Quieres ver cómo MIA te ayuda a preparar guías de orientación, plantillas de informe y materiales para acompañar a tu alumnado de FP que solicita exenciones? Pide una clase en vivo y trae el caso de tu centro.

Preguntas frecuentes

¿Cuánta experiencia laboral necesito para la exención de la FCT?

Depende de la oferta. Para el módulo de FCT del sistema anterior y para los grados D del sistema nuevo: un año a tiempo completo (o su equivalente). Para los grados C y E: seis meses a tiempo completo. Siempre debe estar relacionada con el ciclo formativo.

¿La exención puede ser parcial?

Sí. Puede ser total o parcial. Si es parcial, la resolución escrita indica las actividades que sí tendrás que realizar; el equipo docente evalúa y califica igualmente.

¿Quién resuelve la solicitud de exención?

En los grados D y en el módulo de FCT, la dirección del centro de FP, a la vista del informe del equipo docente. Para los grados C (y en su caso A y B), la administración competente. La resolución se comunica por escrito.

¿Se cobra algo o cambia la nota?

No. La exención no tiene carácter retributivo ni altera las calificaciones de los módulos: solo sustituye el periodo de prácticas por tu experiencia acreditada. La evaluación sigue en manos del equipo docente.

Sigue leyendo